Una guía para convertirse en autoconsumidor

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El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica, ha publicado la versión completa de la Guía para la tramitación del autoconsumo energético, que incorpora una práctica hoja de ruta que explica, en cinco pasos , los requisitos y potenciales beneficios del autoconsumo solar en viviendas.

En esta publicación se explican, por ejemplo, las diferentes fórmulas de gestión de los excedentes -la energía producida y no autoconsumida por las instalaciones- o el tiempo necesario para amortizar la inversión de instalar un sistema de autoconsumo, que puede ser de 6 y 10 años para un a casa donde vivan 4 personas.

También consta de una parte dirigida a profesionales, empresas y administraciones donde se explica el papel que juega cada uno de los actores involucrados en la instalación de sistemas de autoconsumo , una sección sobre la tramitación autonómica y un listado de buenas prácticas destinadas a ayuntamientos y entidades locales.

Con esta guía, el IDAE ofrece información detallada de las diferentes modalidades de autoconsumo vigentes en España tras la aprobación del Real Decreto Ley 15/2018 -que ponía fin a el llamado impuesto al sol y eliminaba trabas administrativas al autoconsumo- y el Real Decreto 244/2019, que define de forma clara las nuevas condiciones y especialmente las nuevas posibilidades: autoconsumo colectivo, «de proximidad» y la compensación simplificada de excedentes.

Autoconsumo solar en 5 pasos

Para acercar la normativa al ciudadano, se incorpora un esquema que resume, en 5 pasos, todo lo necesario para instalar un sistema de autoconsumo. La guía responde así a las cuestiones fundamentales:

  1. ¿Qué es el autoconsumo?
  2. ¿Cómo es una instalación de autoconsumo?
  3. ¿Es viable económicamente? ¿Cuánto me cuesta y cuánto me ahorro?
  4. Cuando me sobra energía … necesito baterías? debo regalar la energía sobrante?
  5. Si quiero optar por un sistema de autoconsumo, por dónde empiezo?

Esta guía para la ciudadanía trata también de uno de los aspectos más novedosos de la nueva normativa de autoconsumo: la gestión de los excedentes, es decir, aquella energía generada y que el usuario no consume instantáneamente. Hasta la aprobación del Real Decreto 244/2019, si el autoconsumidor quería obtener una compensación debía constituirse jurídicamente como productor de energía, realizando los trámites y declaraciones fiscales que la ley exige. Con la nueva normativa , puede continuar optando por esta solución, puede almacenar la energía sobrante en una batería para su uso posterior o, si su instalación no es superior a los 100 kilovatios (kW), puede elegir que la comercializadora de energía le compense en cada factura mensual.

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